viernes, 9 de diciembre de 2011

lunes, 5 de diciembre de 2011

La ONU examina a España

http://www.publico.es/espana/310473/la-onu-examina-a-espana-en-materia-de-derechos-humanos

Derechos Humanos

Historia de Los Derechos Humanos

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura a continuación. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera «distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos
La Carta de los Derechos humanos comprende la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y sus dos Protocolos facultativos.
En virtud de la Declaración Universal de los Derechos humanos, el ideal del ser humanos es ser libre, y gozar de sus libertades civles y políticas para ser liberado de las garras de la miseria, Dichos derechos no pueden ser realizados sino son utilizados como condiciones que permitan a cada persona de gozar de estos derechos civiles y políticos, así como los derechos económicos , civiles y culturales.
La Carta internacional de los Derechos Humanos es una gran avance dentro de la historia de los derechos humanos y representa una verdadera Carta Magna que marca la llegada de una humanidad en una etapa crucial, la adquisición conciente para los hombres de su dignidad y de su valor de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países

Fundamento de las normas internacionales de derechos humanos

La Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) es considerada generalmente el fundamento de las normas internacionales sobre derechos humanos. Aprobada hace casi 60 años, la DUDH ha inspirado un valioso conjunto de tratados internacionales de derechos humanos legalmente vinculantes y la promoción de estos derechos en todo el mundo a lo largo de las últimas seis décadas. Además, sigue siendo una fuente de inspiración para cada uno de nosotros, ya sea en momentos de conflicto, en sociedades que sufren represión, en la lucha contra las injusticias, y en nuestros esfuerzos por lograr el disfrute universal de los derechos humanos.

La Declaración supone el primer reconocimiento universal de que los derechos básicos y las libertades fundamentales son inherentes a todos los seres humanos, inalienables y aplicables en igual medida a todas las personas, y que todos y cada uno de nosotros hemos nacido libres y con igualdad de dignidad y de derechos. Independientemente de nuestra nacionalidad, lugar de residencia, género, origen nacional o étnico, color de piel, religión, idioma o cualquier otra condición, el 10 de diciembre de 1948 la comunidad internacional se comprometió a defender la dignidad y la justicia para todos los seres humanos.

Fundamento de nuestro futuro común

A lo largo de los años, ese compromiso se instaló en el campo del derecho, ya sea en forma de tratados, de derecho internacional consuetudinario, principios generales, acuerdos regionales o leyes nacionales, y a través de ellos se expresan y garantizan los derechos humanos. De hecho, la Declaración Universal de Derechos Humanos ha inspirado más de 80 declaraciones y tratados internacionales, un gran número de convenciones regionales, proyectos de ley nacionales de derechos humanos y disposiciones constitucionales que, en conjunto, constituyen un sistema amplio jurídicamente vinculante para la promoción y la protección de los derechos humanos.

Basándose en los logros de la DUDH, en 1976 entraron en vigor el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, junto con sus dos Protocolos Facultativos, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Los dos Pactos han desarrollado la mayoría de los derechos ya consagrados por la DUDH , haciendo que sean efectivamente vinculantes para los Estados que los han ratificado. En su mayoría, definen derechos ordinarios tales como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley, la libertad de expresión, el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación. Estos dos Pactos, junto con la DUDH, constituyen la Carta Internacional de Derechos Humanos.

Con el tiempo, los tratados internacionales de derechos humanos se han ido centrando y especializando tanto en los temas que abordan como en los grupos sociales que precisan de su protección. La legislación relativa a los derechos humanos sigue creciendo y ampliando los derechos y libertades fundamentales que figuran en la Carta Internacional de Derechos Humanos, abordando asuntos como la discriminación racial, la tortura, las desapariciones forzosas, las personas con discapacidad, y los derechos de la mujer, los niños, los migrantes, las minorías y los pueblos indígenas.

Valores universales

En numerosas convenciones, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos se han reiterado los principios básicos de derechos humanos enunciados por primera vez en la Declaración Universal de Derechos Humanos, como su universalidad, interdependencia e indivisibilidad, la igualdad y la no discriminación, y el hecho de que los derechos humanos vienen acompañados de derechos y obligaciones por parte de los responsables y los titulares de éstos. En la actualidad, todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas han ratificado al menos uno de los nueve tratados internacionales básicos de derechos humanos, y el 80% de ellos ha ratificado al menos cuatro de ellos, lo que constituye una expresión concreta de la universalidad de la DUDH y del conjunto de los derechos humanos internacionales.

¿Cómo protege el derecho internacional los derechos humanos?

El derecho internacional de derechos humanos establece las obligaciones que deben cumplir los Estados. Al pasar a formar parte de tratados internacionales, los Estados asumen deberes y obligaciones en virtud del derecho internacional, y se comprometen a respetar, proteger y promover los derechos humanos. La obligación de respetar supone que los Estados deben abstenerse de restringir los derechos humanos o de interferir en su realización. La obligación de proteger exige que los Estados protejan a las personas o grupos de personas de las violaciones de los derechos humanos. La obligación de promover significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar la realización de los derechos humanos básicos.

A través de la ratificación de los tratados internacionales de derechos humanos, los gobiernos se comprometen a poner en práctica medidas y leyes nacionales compatibles con los deberes y obligaciones inherentes a esos tratados. En consecuencia, el sistema jurídico interno proporciona la principal protección jurídica de los derechos humanos garantizados por el derecho internacional. Cuando los procedimientos jurídicos nacionales no solucionan las violaciones de derechos humanos, existen mecanismos y procedimientos a escala regional e internacional para atender las denuncias individuales y de grupo, con miras a velar por que se respeten, apliquen y hagan cumplir a escala local las normas internacionales en materia de derechos humanos.

Derecho a creer que somos inocentes :-)


Artículo 11 de la declaración de los derechos humanos
  1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se crea su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
  2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Yo también soy Troy Davis


    El 21 de septiembre Troy Davis fue ejecutado en el estado de Georgia a pesar de las múltiples dudas que ofrecía su caso. Desde que fue condenado a muerte, en 1991, más de 90 presos han sido excarcelados de los “corredores de la muerte” de Estados Unidos tras demostrarse su inocencia. En todos esos casos, los acusados habían sido declarados culpables más allá de una duda razonable.

    Sé que siete de los nueve testigos que declararon en el juicio cambiaron sus declaraciones, algunos de ellos denunciando que fueron víctimas de coacción policial. Incluso un juez de la Corte Suprema de los Estados Unidos, mientras rechazaba el alegato de inocencia de Troy, afirmaba que “el acusado debía probar su inocencia, no solo las dudas existentes sobre su culpabilidad“. ¿En qué mundo vivimos cuando alguien debe demostrar que es inocente? ¿No se supone que todos somos inocentes hasta que se demuestra lo contrario? Parece que Troy no tenía ese derecho…

    Nunca conocí personalmente a Troy, nunca estreché su mano para decirle que no estaba solo, que millones de personas en todo el mundo estaban con él. No puedo terminar este artículo sin despedirme de Troy, y no puedo encontrar mejor manera de hacerlo que con sus propias palabras, las mismas que nos hizo llegar momentos antes de su ejecución:
    “La lucha por la justicia no se agota en mí. Esta lucha es para todos los Troy Davis que vinieron antes que yo y todos los que vendrán después de mí. Estoy de buen humor, en oración y en paz. Pero no voy a dejar de luchar hasta que haya tomado mi último aliento “.
"Todos podemos ostentar al título de defensor de los derechos humanos.
No se trata de una función que requiera credenciales profesionales.
Lo esencial es que nos preocupemos por nuestros semejantes, que comprendamos que todos somos titulares de todos los derechos humanos y que nos comprometamos a convertir ese ideal en una realidad."
(Navi Pillay, Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos)

10 de Diciembre

Con el Día se conmemora el aniversario de la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos por la Asamblea General en 1948. Con el transcurso del tiempo, se han desarrollado un conjunto de instrumentos y mecanismos desarrollados para asegurar la primacía de los derechos humanos y para hacer frente a las violaciones de los derechos humanos dondequiera que ocurran.

Niños soldado



Los 10 primeros artículos de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.


Artículo 10


Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Fuente: http://www.un.org/es/documents/udhr/

Desde el principio de la crisis post electoral en Costa de Marfil en noviembre de 2010, se han registrado al menos 1.121 casos de serias violaciones de derechos humanos cometidas en contra de mujeres, niños y niñas, de acuerdo con el informe publicado por Save the Children, Unicef y organizaciones locales que trabajan en protección infantil.El informe, “Vulnerabilidades, violencia y serias violaciones de los derechos de la infancia. Informe sobre el impacto de la crisis post electoral en la protección de la infancia en Costa de Marfil”, recoge todos los casos de violaciones de derechos registradas entre noviembre de 2010 y septiembre de 2011. Entre estas se incluyen seis casos distintos de serias violaciones de los derechos de la infancia entre las que se incluyen mutilaciones, reclutamiento o uso de niños por parte de grupos armados, ataques a escuelas u hospitales, violaciones sexuales, secuestros o bloqueo de la ayuda humanitaria a los niños y niñas. Entre los 1.121 casos reportados, 643 fueron cometidos en contra de los niños y las niñas, incluidos 182 casos de violaciones sexuales. En Costa de Marfil, un niño sufre una violación cada 36 horas. Algunos de los datos subrayados por el informe:* Dos tercios del total de víctimas infantiles fueron niñas y el 60% de ellas menores de 15 años. * 213 casos de violencia sexual (el 55% del total de casos de violación seria de los derechos de la infancia)* 45 casos de niños relacionados con grupos armados (el 11,5% de los casos más serios y el 7% del total de casos registrados)* 79 casos de niños y niñas mutilados o heridos (10,5 % de los casos más serios y 6,5% del total de violaciones cometidas)* 41 casos de muertes infantiles por disparos, granadas, etc (el 20,5% de los casos más serios y el 12,5% de todas las violaciones reportadas)* 10 casos de secuestros (el 50% de los casos fueron niñas y el 50% menores de 10 años)Culpables impunes El informe subraya un incremento significativo en el número de violaciones registradas entre los meses de marzo y abril de este año, en el pico de la crisis y en las regiones más afectadas por los enfrentamientos. La mayoría de los crímenes pasaron impunes con apenas 52 casos procesados, a pesar de que se conocía la identidad de los autores para más de la mitad de los casos. “El sufrimiento de los niños y niñas en la crisis de Costa de Marfil ha sido ignorado hasta ahora. Muchos todavía tienen miedo de denunciar a los culpables de estos crímenes y aquellos que deciden dar el paso deben contar con todo nuestro apoyo. Vamos a continuar apoyando a las víctimas y siguiendo muy de cerca a las instituciones responsables de la salvaguarda de los derechos de los niños y niñas marfileños”, declara Xavier Simon, director de Save the Children en Costa de Marfil. “Los niños y las niñas son las principales víctimas del conflicto que ha afectado a Costa de Marfil y el informe permite por primera vez tener una idea clara del número de niños y niñas afectados directamente”, añade Hervé Ludovic, representante de Unicef en Costa de Marfil. “Desafortunadamente, dado que la mayoría de las violaciones no se registran, el elevado número de casos nos lleva a creer que esto solo representa la punta del iceberg”.La presencia de organizaciones locales contraparte trabajando en la protección de la infancia nos ha ayudado a dar apoyo a más de tres cuartas partes de las víctimas. Sin embargo, la falta de medios ha conllevado a que muchas mujeres y niños no hayan recibido ningún tipo de ayuda después de haber sido víctimas de estas atrocidades al tiempo que el cese de estas violaciones sigue sin producirse.


Fuente: www.savethechildren.es

Los derechos humanos

Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos[1] que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente, por lo que se consideran fuente del Derecho, en concreto la denominada derecho natural. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas jurídicas, identificándose consigo mismos y con los otros.[2]

Fuente: Wikipedia

jueves, 1 de diciembre de 2011

Únete por los Derechos Humanos!!!


Un grupo de Alumnos han tenido la iniciativa de celebrar y conmemorar el día de los Derechos Humanos en internet. Teniendo en cuenta el potencial que la red de redes posee, han elaborado una celebración 2.0 haciendo partícipe de ella al mayor número de usuarios de las redes sociales Tuenti, Twitter y FaceBook. Para ello difundiremos el mensaje en nuestras propias redes sociales intentando alcanzar el máximo número posible de seguidores.
Únete por los Derechos Humanos!!!